Las Reglas 505 y 506 de la Regulación D tratan con ofertas para vender valores. Según la Ley de Valores de 1933, cualquier oferta para vender valores debe estar registrada en la SEC o cumplir con una exención. La Regulación D (o Reg D) contiene tres reglas que proveen exenciones de los requisitos de registro, permitiendo a algunas compañías ofrecer y vender sus valores sin tener que registrar los valores ante la SEC.
En las Reglas 504 y 505, la Regulación D implementa el § 3 (b) de la Ley de Valores de 1933 (también conocida como la Ley del '33), que permite a la SEC eximir del registro a las emisiones de menos de $ 5,000,000. También proporciona (en la Regla 506) un "puerto seguro" bajo la Sección 4 (2) de la Ley '33 (que dice que las ofertas no públicas están exentas del requisito de registro). En otras palabras, si un emisor cumple con los requisitos de la Regla 506, puede estar seguro de que su oferta es "no pública" y, por lo tanto, está exenta de registro..
Regla 505 Regla D | Regla 506 Regla D | |
---|---|---|
Debe presentar el formulario D | Sí | Sí |
Permite a las empresas decidir qué información dar a los inversores acreditados.. | Sí | NO |
Valores restringidos | Sí | Sí |
Solicitud general | No se puede utilizar | No se puede utilizar |
Inversores acreditados | Ilimitado | ilimitado |
Inversores no acreditados | 35 | 35 |
Requiere inversionista "sofisticación" | No | Sí |
Límite | $ 5 millones (período de 12 meses) | Sin límite |
La Regla 505 de la Regulación D permite que algunas compañías que ofrecen sus valores tengan esos valores exentos de los requisitos de registro de las leyes federales de valores. Para calificar para esta exención, una compañía:
La regla 505 permite a las empresas decidir qué información proporcionar a los inversionistas acreditados, siempre que no infrinja las prohibiciones antifraude de las leyes de valores federales. Pero las empresas deben proporcionar a los inversionistas no acreditados documentos de divulgación que generalmente son equivalentes a los utilizados en las ofertas registradas. Si una empresa proporciona información a inversores acreditados, también debe poner esta información a disposición de inversores no acreditados. La compañía también debe estar disponible para responder las preguntas de los posibles compradores..
Aquí hay algunos detalles sobre los requisitos de los estados financieros aplicables a este tipo de oferta:
La regla 506 de la Regulación D se considera un "puerto seguro" para la exención de la oferta privada de la Sección 4 (2) de la Ley de Valores. Las empresas que utilizan la exención de la Norma 506 pueden recaudar una cantidad ilimitada de dinero. Una empresa puede estar segura de que está dentro de la exención de la Sección 4 (2) cumpliendo con los siguientes estándares:
Si bien las compañías que utilizan la exención de la Norma 505 no tienen que registrar sus valores y, por lo general, no tienen que presentar informes ante la SEC, deben presentar lo que se conoce como "Forma D" después de que primero venden sus valores. El formulario D es un breve aviso que incluye los nombres y direcciones de los propietarios y promotores de acciones de la compañía, pero contiene poca información adicional sobre la compañía.