'Derecho de retención,'un derecho a mantener en posesión, los bienes muebles que pertenecen a otra persona, hasta el momento en que se realiza la deuda de esa persona. Puede ser clasificado como el gravamen general y el gravamen particular. Cuando una parte tiene derecho a retener los bienes que pertenecen a otra parte, hasta que se descarguen todas las cuotas, se llama gravamen general. A diferencia de, gravamen particular Implica el derecho de retención de bienes específicos, hasta que se realicen las reclamaciones relacionadas con dichos bienes..
El derecho de retención está vinculado con la posesión de bienes, es decir, donde no hay posesión de bienes, no existe un derecho de retención. Por lo tanto, la posesión es la esencia del gravamen. Muchos piensan que los dos tipos de gravamen son lo mismo, pero existen diferencias leves y sutiles entre el gravamen general y el gravamen particular..
Bases para la comparación | Gravamen general | Gravamen particular |
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Sentido | El gravamen general alude al derecho de mantener la posesión de bienes pertenecientes a otros contra el balance general de la cuenta. | Un derecho de retención particular implica el derecho del titular de un depósito a retener bienes específicos en fianza por falta de pago de la cantidad. |
Disponibilidad | Cualquier mercancía, respecto de la cual el importe se deba a otra persona.. | Solo contra los bienes, en los que se ejercita la destreza y el trabajo.. |
Automático | No | Sí |
Derecho a la venta de bienes. | No hay derecho a vender los bienes.. | En general, no hay derecho a vender bienes, sin embargo, el derecho puede ser conferido a un titular en circunstancias especiales.. |
Ejercitado por | Banqueros, Embarcadores, factores, agentes de políticas, abogados, etc.. | Bailee, prenda, buscador de bienes, agente, socio, vendedor no pagado, etc.. |
General Lien significa el derecho de un individuo a retener o detener como garantía cualquier propiedad móvil, que pertenezca a otra persona, contra un saldo general de la cuenta, hasta que se descargue la responsabilidad del titular. Se describe en la sección 171 de la Ley de Contratos de la India, 1872..
Una persona puede renunciar al derecho de retención a través de un contrato. Es comúnmente disponible para banqueros, factores, muelles, abogados de alta corte, Quienes mantienen los bienes en libertad bajo fianza en el curso de su profesión y no requieren ningún contrato a tal efecto. A menos que exista un contrato expreso al respecto, ninguna otra persona puede retener la propiedad de otra persona como la seguridad del saldo que se les debe..
En general, el derecho de retención, la propiedad sobre la que se ejerce el derecho de retención solo se puede retener, pero no se puede vender por ningún pago que se le deba legalmente..
Según la sección 170 de la Ley de Contratos de la India, 1872, el gravamen particular se define como el derecho de una persona a retener bienes particulares que se le hayan entregado como garantía, por la falta de pago de las cuotas..
De conformidad con el objetivo de la fianza, cuando El bailee ha empleado habilidad o trabajo. Y mejoró los bienes que le entregamos. Él / ella tiene derecho a ser considerado para su servicio, y si el administrador de fondos niega el pago de la cantidad, entonces puede retener los bienes, a cambio de una remuneración.
En tal caso, el titular tiene derecho al gravamen particular hasta que reciba una compensación por los servicios prestados, siempre que los servicios se presten en su totalidad dentro del plazo estipulado. Por otra parte, el bailee no tiene derecho a demandar al fiador..
Por otro lado, si el depositario entrega la propiedad que pertenece al fiador sin tener en cuenta los servicios prestados, puede demandar al fiador y se puede renunciar al gravamen en particular..
Los puntos que se dan a continuación describen la diferencia entre el gravamen general y el gravamen particular en detalle:
Hasta ahora, hemos discutido todos los hechos importantes, detalles y diferencias entre el gravamen general y el gravamen particular. El punto clave que diferencia estos dos puntos es que se puede ejercer un gravamen general sobre cualquier producto en el que no se satisfagan reclamos. A diferencia del gravamen particular que se ejerce solo sobre aquellos artículos en los que el bailee ha prestado servicios.